Con el objetivo de ampliar los beneficios de los trabajadores que han sufrido una discapacidad permanente parcial como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) dispuso el incremento de las indemnizaciones del Seguro de Riesgos Laborales.
Mediante la Resolución Administrativa número 205-2016, la entidad supervisora aumentó el número de sueldos base, según los rangos de los grados de discapacidad, para el pago de las indemnizaciones a favor de los trabajadores que sufran una discapacidad permanente parcial, superior al 15% y menor del 50%.
Anteriormente la indemnización se calculaba sobre la base de cinco hasta 10 sueldos, conforme el grado de discapacidad determinado por las Comisiones Médicas Regionales, en el rango de 15% a 50%, estableciéndose seis intervalos salariales; mientras que con la actual disposición, se consideran desde seis hasta 10 sueldos base, concentrando en tres los rangos de discapacidad y los intervalos salariales.
Los trabajadores que sufrían una discapacidad entre un 15% y un 20%, por un riesgo laboral tenían derecho a cinco sueldos base por concepto de indemnización; en virtud de la nueva resolución tendrán derecho a seis sueldos base.
Pensiones
Asimismo, en virtud de la nueva resolución, la Sisalril precisa que tendrán derecho a una pensión por discapacidad causada por un riesgo laboral, los trabajadores que sufran una discapacidad igual o superior al 50%.
La medida responde al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Sisalril, orientados a mejorar los beneficios económicos y la protección de los trabajadores con motivo de sufrir accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
La institución ha elevado propuestas al Consejo Nacional de la Seguridad Social para que se aplique la indexación anual de las pensiones otorgadas a los trabajadores a través del Seguro de Riesgos Laborales., conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
También ha propuesto a dicho organismo la actualización del Reglamento que rige el Seguro de Riesgos Laborales, a los fines de adecuarlo a las nuevas normativas nacionales y a las establecidas mediante convenios internacionales suscritos por el Estado dominicano, que les reconocen más derechos y beneficios a los trabajadores.

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