miércoles, 6 de mayo de 2015

Abogados piden sea inmodificable el articulo 124 de la Constitución RD

SANTO DOMINGO.- La Convergencia Nacional de Abogados (CONA) depositó en la presidencia del Senado de la República una propuesta consistente en que en una eventual revisión constitucional se incluya un literal que haga “inmodificable” el artículo 124,
“Desde la primera Constitución de 1844 se han hecho treinta y ocho modificaciones a su contenido, de las cuales las más significativas han sido la del año 1963, 1966 y 2010, vigente hasta la fecha, en las cuales se hizo énfasis en los derechos ciudadanos y otros aspectos importantes; sin embargo, hay modificaciones que continúan constituyendo asignaturas pendientes para el fortalecimiento institucional, la consolidación de la democracia y el estado de derecho, toda vez que en las referidas constituciones se ha dejado abierta la posibilidad de la reelección presidencial de manera indefinida”, adujo la organización.
La entidad afirmó que las reformas constitucionales de los años 1994, 2002 y 2010, no respondieron a las expectativas ni a las necesidades institucionales demandadas en torno a cerrar de manera definitiva la discusión con relación a la reelección presidencial, por lo que entiende que de modificarse la Carta Magna, es el momento de cerrar ese capitulo que “ha contribuido con el debilitamiento de la institucionalidad”.
En instancia depositada por CONA en la presidencia del Senado de la República, la institución plantea que la reforma constitucional del 26 de enero del año 2010 dejó abierta la posibilidad de reelección indefinida, al permitir al presidente de turno presentarse ilimitadas veces de manera intercalada, amén de que en cualquier momento es discutible restituir la reelección por dos periodos consecutivos o de manera indefinida pura y simplemente, lo que es atribuido por la entidad a la debilidad institucional.
En vista de que el artículo 33 de la Constitución de la República establece que el Himno Nacional es la composición musical de José Reyes con letras de Emilio Prud´Homme, y es único e invariable, y el artículo 268 de la Constitución de la República establece sobre la Forma de gobierno, que ninguna modificación a la Constitución podrá versar sobre la forma de gobierno que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo, estamos proponiendo que al artículo 124 se le dé el carácter de los artículos presentemente citados”, expuso el representante de CONA, Yuniol Ramírez Ferreras.
CONA deploró que dada la debilidad institucional de la República Dominicana, cada presidente de turno promueva la modificación de la Carta Magna con relación a la Reelección Presidencial, por lo que conforme entiende la institución, se impone la necesidad de que al artículo 124 se le dé el carácter de los artículos 33 y 268 de la Constitución, cerrando así de manera definitiva el debate sobre el particular.
“En ese sentido, estamos proponiendo de manera formal al Senado de la República, que en una eventual modificación del artículo 124 se incluya el literal siguiente: Ninguna modificación constitucional podrá versar sobre la elección presidencial, por lo que el presidente solo podrá optar por un segundo y único periodo constitucional consecutivo, no pudiendo repostularse jamás al mismo cargo”, expresó Ramírez.

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