lunes, 27 de junio de 2016

Religiosos temen a ley de cultos que se discute en el Senado, pueden ir a cárcel por ruido

SANTO DOMINGO. Religiosos están difundiendo mensajes de alerta y temor a través de las redes sociales por la discusión en el Congreso del proyecto de Ley Orgánica de Libertad Religiosa y llaman a orar.
“Hermanos por favor oren, el día de hoy es debatida una iniciativa de ley en el Senado de la República, la cual contempla cárcel a religiosos por predicar a horas impropias, sanción a congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar su culto, a quienes anden por las calles y visitando los hogares incomodando a los peatones y violentando la integridad de la familia”.
“Se ha contemplado incluso como una violación a la libertad de culto el imponer la lectura de la Biblia”, dice el mensaje que circula mayormente por WhatsApp.
Aunque el proyecto de ley que discute la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado no habla de esto, expresa que las entidades religiosas tienen el deber de sujetarse a la Constitución y las leyes de la nación, y respetar las instituciones del país, además de abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos.
Este proyecto, de la autoría de los senadores de Bahoruco y Barahona, Manuel Antonio Paula y Edis Mateo Vázquez, respectivamente, tiene como objetivo regular el ejercicio de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos en el país, y se aplica a todos los ciudadanos y entidades religiosas o de cultos en todo el país, que deberán registrarse en el Ministerio de Interior y Policía como Instituciones no gubernamentales.
“Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley todas aquellas asociaciones o entidades cuyos fines y actividades se relacionen con fenómenos astrofísicos, sicológicos, parapsicológicos, adivinación, astrología, espiritismo, difusión de ideas o valores filosóficos humanísticos y espirituales. Las entidades dedicadas al desarrollo de ritos maléficos o análogos se encuentran al margen de la presente ley”, especifica el artículo 3.
La ley garantiza la libertad de culto de las personas y de las organizaciones, y entre las prohibiciones está asociarse con fines políticos bajo una denominación religiosa.
Del proyecto
Especifica que el ejercicio de los derechos de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos, tiene como límites la protección del derecho de las demás personas al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales consagrada en la Constitución, los tratados internacionales aprobados por el Congreso y las leyes, así como la salvaguarda de la seguridad física y mental y de orden pública. Se prohibiría agraviar los símbolos patrios o inducir a su rechazo durante los cultos, y que los ministros profieran términos en público o tomar acciones que inciten a la violencia.

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