jueves, 9 de julio de 2015
El Senado convierte en Ley proyecto Iniciativa Popular
El Senado convirtió ayer en ley el proyecto que regula la iniciativa legislativa popular que le da participación a la población para presentar propuestas legislativas al Congreso Nacional.
La propuesta del senador de San Juan de la Maguana, Félix Bautista, fue aprobada a unanimidad de los presentes.
Al felicitar la aprobación, el senador Bautista explicó que con estas propuestas se reconoce y garantiza a todos los ciudadanos el derecho de presentar iniciativas legislativas populares que les permitan tener una participación activa y directa en el ordenamiento jurídico del Estado, cumpliendo con las formalidades y requisitos establecidos por la Constitución y esta ley.
Destacó que el proyecto de ley aprobado establece el procedimiento para que los ciudadanos, en el marco del mecanismos de participación ciudadana prescritos en el artículo 97 de la Constitución, puedan presentar ante el Congreso iniciativas de ley. “La Constitución promulgada el 26 de enero del 2010, en su artículo 97, establece la Iniciativa Legislativa Popular y la aprobación de la Ley en la Cámara de Diputados que fortalecerá la democracia directa”, expresó.
Proceso
El 12 de mayo la Cámara de Diputados aprobó, en primera lectura, el proyecto de ley que regula la iniciativa legislativa popular que le da participación a la población. Antes, los diputados fusionaron dos propuestas que perseguían los mismos fines. Bautista dijo que “la mayoría de las constituciones modernas han incorporado instituciones de democracia directa, como la Iniciativa Legislativa Popular, lo que permite la posibilidad de someter proyectos de ley ante el Congreso Nacional, que no sea solo una potestad de los poderes constituidos, sino de los ciudadanos, en un ejercicio pleno de democracia directa”. Lo importante es que con esta propuesta se reconoce y garantiza a todos los ciudadanos el derecho de presentar iniciativas legislativas populares.
Se destaca que ahora los ciudadanos tendrán una participación activa y directa en el ordenamiento jurídico del Estado, cumpliendo con las formalidades y requisitos establecidos por la Constitución y esta ley. Es necesario ratificar que, según el 97, un número no menor del 2% de los inscritos en el registro de electores, podrá presentar proyectos de ley ante el Congreso, sujeta la iniciativa a los procedimientos y restricciones instituidos por una ley especial. El proyecto presentado por Bautista había sido aprobado en primera lectura el 30 de abril del año pasado por el Senado, donde perimió.
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