miércoles, 29 de enero de 2014

TC rechaza recurso de Mejía en contra de un fallo del TSE

DIVISIÓN. VALIDA SENTENCIA QUE DECLARÓ NULA CONVOCATORIA COMISIÓN POLÍTICA
Wanda Méndez y Adriana Peguero
Santo Domingo
El Tribunal Constitucional rechazó un recurso de revisión incoado por el expresidente Hipólito Mejía y otros dirigentes del PRD, en contra de la sentencia número 025-2012 emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE), el 27 de junio del año 2012. 
Mediante la sentencia impugnada, el TSE declaró la nulidad de la convocatoria a la Comisión Política del primero de junio del 2012, hecha por Mejía y otros miembros de esa organización política, y sin ningún efecto ni valor jurídico las decisiones adoptadas.
Con esa sentencia, el TSE acogió una demanda en nulidad interpuesta por el presidente del PRD, Miguel Vargas, contra la convocatoria a esa reunión hecha por algunos miembros del PRD, encabezados por el expresidente de la República.
Por tal razón, Mejía sometió un recurso de revisión constitucional ante el TC, buscando que fuera anulada la sentencia del TSE.  El TC estableció que al dictar la sentencia, el TSE no ha limitado el derecho de los recurrentes al libre ejercicio de las garantías del debido proceso previstas en el artículo 69 de la Constitución y en los estándares establecidos por el sistema interamericano de protección.
Con relación a la alegada violación de los derechos a la legalidad, a la seguridad jurídica y libertad de organización de los partidos políticos, el TC determinó que no han sido vulnerados por la decisión dictada por el TSE con la interpretación del texto de los aludidos estatutos. 
“En consecuencia, el tribunal no ha comprobado las violaciones invocadas por los recurrentes, por lo que procede rechazar el recurso de revisión constitucional”, precisa la sentencia número 06/14 publicada ayer. 
La decisión fue adoptada por la mayoría requerida. Se inhibieron de forma voluntaria  los magistrados Jottin Cury y Víctor Gómez Bergés, mientras que la magistrada Katia Miguelina Jiménez emitió un voto particular.
Fortalece democracia
Mientras el abogado Eduardo Jorge Prats, seguidor de Vargas, consideró que la sentencia del TC “robustece el debido proceso y da sostenibilidad al sisterma de partidos politicos, soporte de la democracia dominicana”.

“Esta sentencia del Tribunal Constitucional defiende la facultad jurisdiccional del Tribunal Superior Electoral para interpretar las normas, con lo que fortalece el sistema de partidos politicos y en consecuencia nuestra institucionalidad democrática”, dijo el especialista constitucional. 

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