La "Normativa para operación del Motoconcho" surge por la necesidad de ordenar de manera efectiva la prestación de este servicio de transporte de pasajeros, cuyo crecimiento desmedido a nivel urbano y rural, en República Dominicana, se ha efectuado sin obedecer a patrones técnicos que garanticen la seguridad y calidad del mismo.
En ese sentido, el proyecto tiene el propósito de propiciar la planificación y regulación del servicio , no solo para cambiar la imagen del transporte de pasajeros en motocicletas o motonetas, sino también para que el servicio sea ofrecido con mayor calidad y seguridad para los usuarios. Como complemento a la normativa se incluye la capacitación de los motoconchistas en lo referente a las disposiciones de la Ley de tránsito, relaciones personales y otros temas de interés.
Una nota de prensa enviada por la OTTT a los medios de comunicación da cuenta de que la nueva normativa incluye una serie de conceptos y criterios que deben ser aplicados por estos trabajadores informales, a fin de que puedan ofrecer un buen servicio dentro de las condiciones que exige el proyecto regido por la Ley 241 de tránsito.
La institución exige a los motoconchistas el uso de elementos de seguridad personal como son el casco protector y el chaleco reflectivo, además rótulo para la motocicleta, tablilla y documentos al día, de modo que cuando el pasajero aborde, tenga la garantía de que va a llegar bien a su destino.
La nota de la OTTT establece que según la normativa, las paradas localizadas en la vía pública tienen que estar a una distancia establecida de la intersección, señalizadas por líneas sobre el pavimento y definidas las dimensiones de esos espacios.
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