viernes, 7 de marzo de 2014
Revocan fallo que ordenó dar cédulas a hijos de haitianos
El Tribunal Constitucional revocó una sentencia de un tribunal de San Pedro de Macorís que dispuso la entrega de cédula de identidad y electoral a 28 hijos de inmigrantes haitianos.
El TC acogió un recurso de revisión constitucional en materia de amparo sometido por la Junta Central Electoral (JCE) en contra de la sentencia 259- 12, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, en 29 de mayo de 2012, reiterando el precedente de la sentencia 168/13, mediante la cual fija las condiciones para otorgar la nacionalidad dominicana.
Dispuso que la JCE proceda a someter los originales de los certificados de declaración de nacimiento al tribunal competente en un plazo no mayor de 45 días, para que éste determine su validez o nulidad.
La sentencia fue registrada con los votos disidentes de las magistradas Ana Isabel Bonilla Hernández y Katia Miguelina Jiménez Martínez. Lo mismo hicieron con la sentencia 168/13.
MEDIDA ACOGE EN PARTE UNA ACCIÓN DE AMPARO
CORTE AUTORIZA DAR PERMISOS DE ESTADÍA
El TC también ordenó a Migración otorgar, en plazo de 10 días, un permiso especial de estadía temporal a los señores Anyelina Jean Polemin y Maribel Saint Louis Noel, hasta que el Plan de Regularización de extranjeros ilegales en el país, previsto determine las condiciones de regularización de este género de casos. El fallo acogió en parte una acción de amparo incoada por Ana Rosa Amador Cristevil y compartes, el 11 de mayo de 2012, contra la JCE. El conflicto se originó luego de que la JCE se negó a expedir cédulas de identidad a los los accionantes, alegando que estos fueron inscritos de manera irregular.
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