lunes, 28 de octubre de 2013

Declaran nulidad de doble cotización

Wanda Méndez
Santo Domingo
El Tribunal Constitucional (TC) dispuso la nulidad de cinco artículos de la Ley 374-98 que crea el Fondo Nacional de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores Metalmecánicos, de la Industria Metalúrgica y Minera,  por considerar que establecen una doble cotización para los trabajadores de ese sector. 
En la sentencia 190/13, el TC declaró no conforme con la Constitución los artículos 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley número 374-98, por violar los principios de igualdad, legalidad, justicia y equidad tributaria, dispuestos en los artículos 18, 62.4 y 243 de la Constitución y el bloque de constitucionalidad.
Establece que con esas disposiciones, los trabajadores estaban obligados a contribuir en dos sistemas de pensiones diferentes que tienen un mismo objeto, porque también pertenecen al sistema de seguridad social creado mediante la Ley 87-01,  que instituyó un régimen de cotizaciones de carácter general y obligatorio para empleadores y trabajadores.  

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