viernes, 14 de febrero de 2014
El CNSS aprueba actualizar pensiones cada dos años
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) dispuso que todas las Pensiones de Sobrevivencia, por Discapacidad y por Renta Vitalicia del régimen contributivo sean actualizadas cada dos años atendiendo al incremento porcentual del salario mínimo nacional.
La disposición establece que cuando la indexación exceda el 10% anual será requerido un estudio actuarial realizado por la Superintendencia de Pensiones y la Superintendencia de Seguros. Desde la entrada en vigor del seguro que establece las Pensiones de Sobrevivencia, por Discapacidad y por Renta Vitalicia del régimen contributivo no se había dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 44, de la Ley 87-01. Las pensiones vigentes que hayan sido otorgadas con anterioridad a esta resolución serán indexadas de manera retroactiva en atención al Índice de Precios al Consumidor (IPC), de los años acumulados hasta la fecha; sustentándose en datos publicados por el Banco Central.
“La constitución de las reservas técnicas por concepto de la primera indexación de las pensiones de Sobrevivencia y Discapacidad vigentes al momento de aplicarse la presente resolución, se constituirán tomando como base las especificaciones técnicas y las tablas de mortalidad e invalidez establecidas por la Superintendencia de Pensiones, mediante circular y se establecerá un plazo de cuatro años para la constitución por parte de las compañías de seguros”, dice.
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