viernes, 19 de octubre de 2012
Pensiones de 6 ex jueces JCE superan los RD$800 mil
SD. Seis ex miembros de la Junta Central Electoral (JCE), que actualmente ocupan cargos en el Estado, cobran religiosamente cada mes, pensiones, que sumadas, ascienden a RD$859,929.72. Pero además, a la hora de su salida de la institución, esos funcionarios fueron compensados por concepto de cesantía laboral, con cantidades que en conjunto alcanzan los RD$5,992,850.
Le sigue el también ex presidente del organismo, Luis Arias, quien se desempeña como embajador del país en los Países Bajos. Éste cobra una pensión de RD$159,250 a través del plan de retiro de la institución. A Arias le pagaron RD$1,756,608 cuando fue sustituido en la Junta.
El ex presidente de la desaparecida Cámara Contenciosa de la JCE y actual presidente del Tribunal Superior Electoral percibe de pensión RD$146,998.80 cada mes. Por pago de cesantía le dieron RD$1,036,330.
La ex miembro Leyda Margarita Piña, actual vicepresidenta del Tribunal Constitucional, tiene una pensión de RD$125,191.30. Mientras que el juez titular del Tribunal Superior Electoral, John Guiliani, cobra la misma cantidad. Cada uno recibió, además, RD$882,591 de cesantía.
En tanto, el ex miembro Roberto Rodríguez Estrella, que según informes labora para la Dirección de Impuestos Internos, recibe RD$97,500 de pensión, y percibió una cesantía de RD$199,200.
Al margen de las pensiones, los que realizan funciones de jueces en otros tribunales, devengan salarios que oscilan entre los RD$300,000 y RD$400,000 al mes. El tema de las pensiones altas de funcionarios que trabajan aún en el Estado, salió a la luz el mes pasado con el caso del Contralor, Haivanjoe Ng Cortiñas, quien recibiría una pensión de RD$650 mil como ex superintendente de Bancos.
Reacciones
Anoche, DL trató de confirmar con la JCE más detalles sobre las condiciones de estas pensiones, pero no fue posible. Una fuente de la institución explicó que obedecen a un plan, aunque no especificó si el reglamento que las establece permite que los beneficiarios puedan desempeñar al mismo tiempo funciones públicas.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario