miércoles, 22 de febrero de 2012

Aplicarán ley de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología

SANTO DOMINGO.-El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) aprobó un reglamento para aplicar la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

El mismo protege la libertad de expresión, respeto a la vida privada, hogar, correspondencia y el derecho a la protección de datos de carácter personal.  Fue elaborado en cumplimiento al artículo 56 de dicha ley que pone a cargo de la entidad la creación del mismo para la obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios.


“Desde su aprobación en el año 2007, la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología ha servido como marco de protección de los sistemas y usuarios que utilizan tecnologías de información y comunicación”, indica la Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones del INDOTEL.

Señala que los proveedores de servicios tienen la obligación de conservar los datos de tráfico, conexión y acceso, en la medida en que son generados por los usuarios por un período de tiempo que no inferior a 90 días ni superior a dos años, a partir de la fecha de su generación y conservación.

Indica que los datos serán conservados con el fin de que puedan ser utilizados en las pesquizas para la solución de crímenes y delitos de alta tecnología.


INDOTEL informa que el reglamento incluye una serie de obligaciones a cargo de los propietarios de los centros de acceso público como los cibercafés y Puntos de acceso público (Wifi HotSpots).
Compromisos 

e)       Mantener un registro de los usuarios de internet, no inferior a noventa 90 días;

f)       Prohibir el acceso a páginas de Internet, chats, portales o cualquier programa de contenido de material de abuso infantil;
g)       Implementar programas y aplicaciones de seguridad en sus redes y sistemas;
h)       No permitir el acceso de usuarios “anónimos”, aun cuando el servicio sea gratuito.
Los  propietarios de dichos centros tienen un plazo de un año a partir de la entrada en vigencia del reglamento para adecuar e implementar las medidas y mecanismos de seguridad necesarios para el cumplimiento de las obligaciones establecidas.

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