Los jueces Olga Herrera, Hirohito Reyes y Darío Gómez acogieron el dictamen del procurador adjunto de la Corte, Carlos Castillo.
Los abogados de la defensa, Rafael Mejía Guerrero Jacinto Santana y Arístides Trejo habían solicitado ratificar el descargo pronunciado por la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís.
El tribunal revocó esa sentencia y halló culpable a Ledesma de violar la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente.
La Corte ordenó la suspensión de la sentencia, bajo una serie de condiciones, entre ellas que el imputado debe residir en su domicilio, abstenerse de viajar al extranjero, prestar trabajo en una organización de interés comunitario para la protección del medio ambiente fuera de su horario de trabajo.
Aunque en sus motivaciones el tribunal dice que el rockash no es tóxico, se apoya al manejo que se le dio a la sustancia porque arroja polvo y puede provocar problemas de salud y que al caer en el mar daña a la fauna acuática. El que provocó la sentencia a Ledesma fue traído en barcazas desde Puerto Rico de manera clandestina.
El tribunal rechazó la constitución en actor civil en contra de Ledesma, planteado por un conjunto de organizaciones que propugnan la protección de la ecología.
El abogado de la defensa Rafael Mejía informó que la defensa del imputado analizará el caso, para decidir si recurren en casación.
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