Expresó que en todo caso, ¨los esfuerzos deben estar orientados al bienestar común y obtener mayores niveles de seguridad en la sociedad, sin desnaturalizar la esencia de aquella legislación protectora de la infancia, tomando en cuenta todos los sectores representativos de la vida nacional¨.
Pérez Sánchez asegura ¨que cambiar el código juvenil sin reformar los procesos de tratamiento a los jóvenes en conflicto con la ley resultaría frustratorio¨, aunque no se opone a su modificación.
Recordó que la República Dominicana ¨aún cuando cuenta con los planes impulsados por las actuales autoridades, todavía no ha construido la planta física para alojar y dar tratamiento a los jóvenes adultos de 18 a 25 años, quienes no pueden estar internados con los adolescentes ni con los adultos, sobre todo cuando han infringido la ley antes de ser mayores de edad y cumplen los 18 años en los centros de juveniles¨.
Agregó, que ¨se debe resolver a la brevedad posible el conflicto jurisdiccional de jóvenes declinados al sistema de adultos por la jurisdicción especializada que no son objeto de una orden de prisión por los tribunales comunes y por lo tanto, permanecen en el limbo jurídico, sin poder ingresar a las cárceles de adultos¨.
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