SANTO DOMINGO.- La Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Nacional se reservó ayer el fallo sobre la demanda de tres administradoras de riesgos de salud (ARS) contra la resolución que obliga a que los empleados públicos sean afiliados en el Seguro Nacional de Salud (Senasa).
La jueza Sara Henríquez Marín, quien presidió el tribunal, se reservó el fallo del fondo del recurso de amparo presentado por las ARS Humano, Colonial y Monumental para una próxima audiencia que será comunicada a las partes mediante auto.
Asimismo, el tribunal otorgó un plazo de cinco días a los abogados de las ARS, así como de la Superintendencia de Salud y Riesgo Laborales (Sisalril) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), para presentar sus conclusiones ampliadas. El plazo vence el 17 de este mes. En sus conclusiones, los abogados de las ARS, Olivo Rodríguez Huerta y Reynaldo Ramos, pidieron al tribunal acoger el recurso de amparo para que se permita a los empleados públicos decidir su afiliación de preferencia, sea pública o privada, sobre la base del principio de la libre elección.
Pidieron, además, ordenar a la Sisalril abstenerse de instruir u ordenar a Unipago y ejecutar el traspaso forzoso en provecho del Senasa de la totalidad de los empleados públicos que actualmente están afiliados a las ARS Humano, Colonial y Monumental.
Las ARS privadas que sometieron el recurso argumentan que el sistema de seguridad social debe ser equitativo y las prestadoras, incluyendo a Senasa, deben existir en igualdad de competencia y condiciones. Sin embargo, los abogados de Sisalril, Senasa y la TSS, así como el Procurador Contencioso, pidieron al tribunal declarar inadmisible el recurso de amparo presentado por las ARS, por improcedente, mal fundado y carente de base legal, por no haberse probado vulneración alguna de derecho fundamental.
Tribunal declara competenciaEl tribunal declaró su competencia para conocer el recurso de amparo presentado por las ARS, rechazando un pedimento de incompetencia planteado por los abogados de Senasa, Sisalril y la TSS, quienes alegaban que es una competencia de la Suprema Corte de Justicia.
De inmediato, los abogados de Sisalril presentaron al tribunal otro incidente pidiéndole declarar su incompetencia para conocer ese recurso, alegando que es competencia del tribunal de Trabajo.
Los jueces rechazaron ese pedimento y ordenaron la continuación del juicio.
En la pasada audiencia, los jueces dispusieron la suspensión provisional de la resolución 159-08 que obliga a los empleados públicos afiliarse al Senasa, mientras el tribunal se encuentre apoderado del recurso de amparo presentado por las ARS.
La resolución suspendida fue emitida el pasado 12 de agosto por el superintendente de Salud y Riesgo Laborales, Fernando Caamaño.
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