La resolución fue votada a unanimidad por el consejo directivo del Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (INDOTEL).
La resolución ordena a
La resolución también obliga a DGTEC a modificar su servicio de desvío de llamadas y permitirlas sólo cuando el usuario tenga su cuenta activa o esté conectado a la red de Internet.
Esta decisión ha sido tomada, “para prevenir el surgimiento de cualquier práctica desleal de competencia”.
Asimismo el INDOTEL rechazó la petición de CODETEL de que la institución reguladora debía declararse incompetente para conocer el caso.
El INDOTEL entiende que “es la única entidad que tiene facultad legal, en nombre del Estado, para conocer los diferendos que surjan entre empresas concesionarias que ofrezcan servicios públicos de telecomunicaciones”, y que el conflicto difiere del conocido el 30 de mayo pasado por el tribunal contencioso y administrativo.
La resolución 158-08 fue aprobada por unanimidad por el Consejo Directivo del Indotel, compuesto por José Rafael Vargas, presidente; José Alfredo Rizek, director ejecutivo; Juan Antonio Delgado, David Pérez Taveras y Leonel Melo Guerrero.
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